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Solicitud de Becas de Formación Práctica
Descripción
Este procedimiento ofrece la posibilidad de presentar la solicitud de becas de formación práctica para universitarios con distintas titulaciones o graduaciones, en los ámbitos de gestión pública, economía financiera y tecnologías de la información, relacionados con la política agrícola común y su financiación, en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito de las actividades y funciones del FEGA.
> Notificaciones de la convocatoria de 2020:
- Resolución del Fondo Español Garantía Agraria, O.A. , por la que se convocan becas de formación práctica
- Extracto de la Resolución por la que se convocan becas de formación práctica
- Corrección de errores de la Resolución del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se convocan becas de formación práctica
- Publicación BOE del Extracto de corrección de errores de la Resolución del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se convocan becas de formación práctica
- Listado provisional de solicitantes admitidos y excluidos en la convocatoria de becas FEGA 2020
- Listado definitivo de solicitantes admitidos y excluidos en la convocatoria de becas FEGA 2020
- Listado de solicitantes que superan la primera fase de selección de la convocatoria de becas FEGA 2020
- Propuesta de resolución provisional de concesión de becas correspondiente a la convocatoria FEGA 2020
- Propuesta de resolución definitiva de concesión de becas correspondiente a la convocatoria FEGA 2020
> Notificaciones de la convocatoria de 2019:
- Resolución del Fondo Español Garantía Agraria, O.A. , por la que se convocan becas de formación práctica.
- Extracto de la Resolución por la que se convocan becas de formación práctica
- Listado provisional de solicitantes excluidos en la convocatoria de becas FEGA 2019
- Listado definitivo de solicitantes admitidos en la convocatoria de becas FEGA 2019.
- Listado de solicitantes que superan la primera fase de selección en la convocatoria de becas FEGA 2019.
- Nota informativa: Suspensión de la entrevista personal a los candidatos que han superado la primera fase de selección.
- Nota informativa: Fin de la suspensión del proceso selectivo y cita para la entrevista personal a los candidatos que han superado la primera fase de selección de la convocatoria de becas FEGA 2019.
- Resolución del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., para continuar la tramitación del expediente de becas de formación práctica para universitarios, convocadas por resolución FEGA de 3 de diciembre de 2019,durante el estado de alarma decretado por RD 463/2020 de 14 de marzo
- Propuesta de resolución provisional de concesión de becas correspondiente a la convocatoria FEGA 2019
- Propuesta de Resolución definitiva de concesión de becas correspondiente a la convocatoria FEGA 2019
- Resolución del Presidente del FEGA de concesión de becas correspondiente a la convocatoria FEGA 2019
- Resolución del Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se aceptan las renuncias de Dª. Teresa Figueredo García y Dª. María Carmen Morera Martínez a sendas becas de formación práctica para universitarios
- Resolución del Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. por la que se concede a D. Manuel Santiago Ojeda Ceballos una beca de formación práctica para universitarios
- Resolución del Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se acepta la renuncia de D. Iván Hernández Blanco a una beca de formación práctica para universitarios
> Notificaciones de la convocatoria de 2018:
- Resolución del 13 de marzo del 2020, por la que se prorrogan las becas de formación práctica
- Resolución de 6 de septiembre de 2018 del FEGA, por la que se convocan becas de formación práctica
- Extracto de la Resolución por la que se convocan becas de formación práctica
- Listado provisional de solicitudes excluidas
- Listado definitivo de solicitantes admitidos BECAS 2018
- Listado de solicitantes que superan la primera fase de selección. Becas FEGA 2018
- Propuesta de resolución provisional de concesión de becas correspondiente a la convocatoria FEGA 2018
- Propuesta de resolución definitiva de concesión de becas correspondiente a la convocatoria FEGA 2018
-
Resolución del Presidente del FEGA de concesión de becas correspondiente a la convocatoria FEGA 2018
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Resolución Presidencia aceptando renuncia becario Javier Haro Celdrán
-
Resolución Presidencia aceptando renuncia becaria Carmen Fernández Lapeña
-
Resolución Presidencia aceptando renuncia becaria Rocio Briongos Rodriguez
-
Resolución Presidencia aceptando reuncia becario Javier Salomó Alastuey
- Resolución del Presidente del FEGA, de día19 de junio de 2020, aceptando la renuncia de Laura Bravo Rubio a una beca de formación de la convocatoria de becas FEGA 2018.
- Resolución del Presidente del FEGA de 19 de junio de 2020, por la que concede a Dª. Jessica Fernández Sahagún, una beca de formación práctica destinada a titulados universitarios en el área de Gestión Pública, por el tiempo que queda pendiente tras la renuncia de dos beneficiarias, de acuerdo con la Orden APM/769/2017, de 27 de julio (BOE de 7 de agosto de 2017).
- Resolución del Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se acepta la renuncia de D. Alejandro Lastras Gutiérrez a una beca de formación práctica
- Resolución del Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se acepta la Renuncia de Dª. Paula Ruiz Oliva a una beca de formación práctica
- Resolución del Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se acepta la renuncia de D. Humberto Toscano Pardo a una beca de formación práctica para universitarios
> Notificaciones de la convocatoria de 2017:
- Resolución de 4 de octubre de 2017 del FEGA, por la que se convocan becas de formación práctica
- Extracto de la Resolución por la que se convocan becas de formación práctica
-
Corrección de errores. Listado definitivo de solicitantes admitidos. Becas FEGA 2017
-
Listado de solicitantes que superan la primera fase de selección. Becas FEGA 2017
-
Propuesta de resolución provisional de concesión de becas FEGA 2017
-
Propuesta de resolución definitiva de concesión de becas FEGA 2017
-
Resolución del Presidente del FEGA de concesión de becas correspondiente a la convocatoria FEGA 2017
-
Resolución del Presidente del FEGA prorrogando las becas de formación de la convocatoria FEGA 2017
> Notificaciones de la convocatoria de 2016:
- Extracto de la Resolución por la que se convocan becas de formación práctica
- Resolución de 29 de enero de 2016 del FEGA, por la que se convocan becas de formación práctica
- Listado provisional de solicitantes excluidos en la convocatoria de becas FEGA 2016
- Listado definitivo de solicitantes admitidos en la convocatoria de becas FEGA 2016
- Listado de solicitantes que han superado la primera fase de selección y son convocados para la realización de la segunda fase selectiva (entrevista) en la convocatoria de becas FEGA 2016
- Propuesta de Resolución provisional de concesión de becas de formación práctica en la convocatoria FEGA 2016
- Propuesta de Resolución definitiva de concesión de becas de formación práctica en la convocatoria FEGA 2016
- Resolución del Presidente del FEGA de concesión de becas en la convocatoria FEGA 2016
- Resolución del Presidente del FEGA de 14/06/2016 de concesión de becas en la convocatoria FEGA 2016. 2ª Convocatoria
- Extracto de la Resolución de 14/06/2016 del FEGA, por la que se convocan becas de formación práctica
- Listado provisional de solicitantes excluidos en la 2ª convocatoria de becas FEGA 2016
-
Resolución de concesión de becas correspondiente a la 2ª convocatoria FEGA 2016
-
Resolución del Presidente del FEGA concediendo a Dª María Quiroga Gili una beca de formación
> Notificaciones de la convocatoria de 2015:
-
Listado provisional de solicitantes excluidos de Becas de Formación Práctica
-
Listado definitivo de solicitantes admitidos de Becas de Formación Práctica
-
Listado de solicitantes que superan la primera fase de selección de Becas de Formación Práctica
-
Resolución por la que se prorrogan las Becas de Formación Práctica
Tramitación
Las solicitudes se presentarán por vía electrónica, conforme a lo previsto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, salvo aquellos documentos que por su propia naturaleza no sean susceptibles de ese tratamiento en esta sede electrónica.
- Por tanto, para iniciar el procedimiento de forma electrónica es necesario disponer de un certificado digital válido y aceptado por la Sede Electrónica del FEGA. (Ver Requisitos técnicos)
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la correspondiente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Las solicitudes irán acompañadas, como mínimo, de la siguiente documentación:
- Si así lo establece la correspondiente convocatoria, carta de presentación.
- Certificación de las calificaciones obtenidas durante la carrera universitaria, en la que conste la acreditación de la finalización de dichos estudios y la fecha, así como la nota media obtenida.
- Currículum vitae del solicitante en el que consten, al menos, los siguientes apartados:
- Titulación académica y calificación obtenida.
- Formación de postgrado específica de las materias y estudios de especialización distintos de su titulación, en su caso.
- Cursos, conocimientos prácticos, publicaciones, etc., relacionados con las materias objeto de la modalidad de beca que se solicite.
- Idiomas.
- Conocimientos de informática.
- Documentación que acredite, en su caso, los méritos alegados en el currículum vitae.
- Documentación que acredite el dominio del idioma español en los casos en que no se trate de candidatos españoles o hispanoamericanos y que lleven residiendo en España por un periodo inferior a dos años.
¿Quién lo puede solicitar?
Podrán ser beneficiarios de las becas aquellas personas físicas con plena capacidad de obrar que reúnan las siguientes condiciones:
- Tener nacionalidad española o ser nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea o de los signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, residente legal en España, en los que concurran las circunstancias previstas en estas bases reguladoras y en la respectiva convocatoria, y que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- Dominio del idioma español. Sólo se requerirá prueba documental en los casos en que no se trate de candidatos españoles o hispanoamericanos y que lleven residiendo en España por un periodo inferior a dos años.
- Estar en posesión o en condiciones de obtener, el último día del plazo de presentación de solicitudes, el título universitario de graduado, diplomado, licenciado, ingeniero técnico o superior, o titulaciones equivalentes en las materias y especialidades relacionadas con cada modalidad de becas convocadas. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar homologados o reconocidos y producir plenos efectos jurídicos en la fecha de presentación de la solicitud, de conformidad con el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior.
- Haber finalizado los estudios indicados en el apartado anterior en los seis años anteriores al de la publicación del extracto de la correspondiente convocatoria, para la que se solicite la beca, en el «Boletín Oficial del Estado».
- No estar incurso en ninguna de las circunstancias y prohibiciones que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones según el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
IMPORTANTE:
No podrán concurrir a las convocatorias de becas derivadas de la presente orden, aquellas personas que hayan sido becarias del FEGA o beneficiarias de una beca concedida al amparo de la Orden APA/511/2019, de 26 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación práctica para titulados universitarios, en distintas materias del ámbito del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y sus Organismos Autónomos
Normativa Reguladora
- Orden APA/511/2019, de 26 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación práctica para titulados universitarios, en distintas materias del ámbito del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y sus Organismos Autónomos. (BOE 8 de mayo de 2019)
-
Orden APA/1107/2019, de 4 de noviembre, por la que se modifica la Orden APA/511/2019, de 26 de abril
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Datos de contacto
FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA O.A. (FEGA)
c/ Beneficencia, 8
28004 MADRID
Tel.: 913474634 / 6403
Fax : 913476423
mail: secretaria-general@fega.es
¿Quién resuelve el expediente?
Las becas se adjudicarán por resolución del Presidente del FEGA.
Responsable del procedimiento
La Secretaría General será el órgano competente para la instrucción del procedimiento de concesión de las becas.Documentos a anexar
Este trámite permite adjuntar documentos, después de cumplimentar y firmar electrónicamente el formulario.
- Tipos de ficheros que se pueden anexar: *.txt, *.doc, *.rtf, *.htm, *.pdf, *.ppt, *.xls.
- El tamaño máximo permitido en total de ficheros subidos 100MB
IMPORTANTE:
La documentación anexa aportada, de precisar firma, únicamente será válida si el firmante coincide con el de la presente comunicación o si está firmada digitalmente acompañándose con anexos precisos para su validación.
Por tanto, aquellos documentos que por su propia naturaleza no sean susceptibles de ese tratamiento (aquellos cuya firma no sea digital y correspondan a personas u organismos distintos al solicitante) se deberán presentar en el Registro General del FEGA ubicado en la sede de la calle Beneficencia nº 8, en Madrid, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de Administraciones Públicas.