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Recursos Administrativos
Descripción
Sistema de Presentación Electrónica de Recursos Administrativos, en el Ámbito del FEGA (READEL). Recursos a interponer:
- Recurso de alzada (artículo 121 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común).
- Recurso extraordinario de revisión (artículo 125 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común).
- Recurso de reposición previo al contencioso-administrativo (artículo 123 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común).
- Reclamación económico-administrativa (señalada en el artículo 234 de la ley 58/2003 de 17 de diciembre General Tributaria y por la Ley 34/2015 de 21 de septiembre que modifica aspectos de la anterior).
- Recurso de reposición previo al económico-administrativo (artículo 222 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre).
- Recurso especial en materia de contratación (regulado en el Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales).
Tramitación
- Este procedimiento admite la tramitación en líneas permitiendo su registro en el FEGA por medios electrónicos.
- Puede descargarse el formulario del trámite para su tramitación por otros medios no electrónicos.
¿Quién lo puede solicitar?
Aquellas personas que tengan la condición de interesados en los procedimientos administrativos tramitados por el FEGA.
Normativa Reguladora
- Recurso de alzada (artículo 121 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común).
- Recurso extraordinario de revisión (artículo 125 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común).
- Recurso de reposición previo al contencioso-administrativo (artículo 123 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común).
- Reclamación económico-administrativa (señalada en el artículo 234 de la ley 58/2003 de 17 de diciembreGeneral Tributaria y por la Ley 34/2015 de 21 de septiembre que modifica aspectos de la anterior).
- Recurso de reposición previo al económico-administrativo (artículo 222 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre).
- Recurso especial en materia de contratación (regulado en el Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales).
Datos de contacto
FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA (FEGA)
c/ Beneficencia, 8
28004 MADRID
Tel.: 91347 6501
Fax : 91347 6537
mail: secretaria-general@fega.es
Formulario
¿Quién resuelve el expediente?
El órgano competente según la normativa reguladora
Responsable del procedimiento
El órgano competente según la normativa reguladora